Antes de la fecha 3 de septiembre de 2021, de conformidad con el ex art. 96 del Código Civil español, el uso de la vivienda habitual se atribuía al cónyuge en cuya compañía se encontraba el hijo menor y no se establecía límite de edad, lo que determinaba que se haría hasta que el hijo alcanzara la independencia económica.
El 3 de junio de 2021 se publicó en el BOE la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para apoyar a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, Ley que introduce modificaciones en el artículo 96 del Código Civil. , en el sentido de que ahora, el hogar familiar se atribuye a los hijos hasta que cumplen la mayoría de edad.
Así, tras la reforma del art. 96 del Código Civil, una vez que el menor ha cumplido 18 años, pierde el derecho a ocupar la vivienda familiar.
Sin embargo, la aplicación de dicha medida no se hace de manera automática, sino que se tendría que iniciar un procedimiento de modificación de medidas definitivas, a través de un abogado experto en derecho de familia.
¿CÓMO AFECTA ESTO AL APOYO ALIMENTARIO?
La nueva modificación introduce un párrafo que dice lo siguiente:
«Extinguido el uso previsto en el párrafo primero, las necesidades de vivienda de quienes carezcan de independencia económica se cubrirán según lo previsto en el Título VI de este Libro, relativo a la alimentación entre familiares. »
Así, una vez cumplidos los 18 años, el menor pierde el derecho a una vivienda familiar, pero si aún no es independiente económicamente, las necesidades de vivienda se cubrirán mediante una pensión alimenticia entre familiares.
Esta medida también tendrá que ser solicitada explícitamente en el proceso, ya que no es concedida automáticamente por el juez.
¿HASTA CUÁNDO DEBO PAGAR UN MANTENIMIENTO?
Según el Tribunal Supremo, la pensión alimenticia a favor de los hijos no expira al alcanzar la mayoría de edad, sino que la obligación alimentaria se extiende hasta que los hijos alcanzan medios económicos suficientes para mantenerse a sí mismos.
La obligación de los padres de brindar apoyo no se extingue cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sino con su incorporación al mercado laboral o cuando se demuestra un comportamiento pasivo en la búsqueda de empleo para ingresar al mercado laboral. A esto se podrían sumar otros factores, como la falta de rendimiento académico de un hijo adulto para determinar si se da por terminada o no la pensión alimenticia.
Así, se debe analizar caso por caso para determinar si se cumplen las condiciones para la extinción de la pensión, por lo que predeterminar una edad para la extinción de la pensión alimenticia no sería correcto, ya que se debe analizar la situación de cada persona.
RESUMEN
La nueva reforma del Código Civil limita el derecho a utilizar la residencia habitual del menor y del progenitor con custodia hasta que el menor alcance la mayoría de edad. Sin embargo, la necesidad de vivienda deberá cubrirse mediante un aumento de la pensión alimenticia.
Si necesitas ayuda para solicitar alguna de estas medidas, no dudes en contactar con un profesional.
Referencias: Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para apoyar a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.